-Los afiliados de la Asociación Tributaria (ATRIRD) provienen de todas las ramas del saber (administradores, contadores, abogados, economistas etc...) así como de las personas físicas que de una forma u otra son contribuyentes interesados en los aspectos impositivos)
-La Asociación Tributaria (ATRIRD) tiene un carácter eminentemente educativo y científico y en su seno está prohibido tomar partido a favor o en contra en conflictos impositivos entre particulares con la Dirección General de Impuestos Internos o con la Dirección General de Aduanas.
-La persona que dirija la Asociación Tributaria (ATRIRD) no deberá ejercer de manera activa la actividad de Consultor Impositivo por paga, a fin de preservar el caracter educativo y científico de la institución.
-La Asociación Tributaria (ATRIRD), tiene la misión principal de educar a sus miembros en los aspectos tributarios y de emitir las CERTIFICACIONES de Consultor Tributario Certificado(CTC)y/o Instructor Tributario Certificado (ITC) a aquellos afiliados que cumplan con el plan de capacitación impositiva correspondientes de la institución.
-A los afiliados que terminen el plan educativo de la institución se le emitirá una certificación en impuestos (CTC y/o ITC) por un período de 1 año que le será renovado si se mantiene actualizado en los temas impositivos con por lo menos 24 hrs. en cursos, seminarios o congresos de actualización impositiva realizados en esta institución o cualquier universidad nacional o internacional.
-A los afiliados que se Certifiquen en Impuestos se les emitirá un Título indicando su número de CTC o ITC para que así lo haga constar a los empresarios o instituciones interesadas en contratar Especialistas en Impuestos
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